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Mediación entre Terceros

Mediación entre Terceros

Requisitos

  • Deben ser terrenos de dominio particulares ocupados por grupos de personas o familias (por más de 5 años).
  • El Titular Dominial de los terrenos ocupados irregularmente, deberá solicitar al I.PRO.D.HA. mediante Nota*, la intervención del Instituto para la Regularización Dominial de la propiedad a favor de los ocupantes.
  • A la Nota de Solicitud para acogerse al Programa de Mediación para la Regularización Dominial de Terrenos Particulares ocupados de forma irregular, deberá acompañarse la Documentación Acreditante del Dominio y Titularidad del bien (Título, Plano de Mensura, y toda la documentación necesaria a efectos de la determinación de o de las fracciones sobre las que se pretende se desarrolle el trabajo).

*Nota: 

Dirigida al Presidente del I.PRO.D.HA., solicitando la intervención del Instituto,  para la Regularización Dominial por medio del Programa instaurado por Resolución Nº 210/19, Reg. Directorio I.PRO.D.HA.

En caso de ser necesario, se requerirá más documentación -especialmente a los que todavía se encuentren en algún proceso judicial y/o por otros motivos-.

Para todos los casos, se formará expediente administrativo, donde se harán todos los análisis técnicos y dominiales, referentes a la posibilidad de llevar adelante el proceso de regularización.